¿Puede una parte reforzar sus alegaciones en un procedimiento judicial afirmando simplemente que una inteligencia artificial le da la razón?
La Audiencia Provincial de Barcelona acaba de dejar una advertencia especialmente útil sobre este tipo de argumentación.
En su Sentencia 460/2026, de 21 de julio, la Sección 1.ª resuelve un recurso relativo a una cláusula bancaria de cálculo de intereses y, al analizar la argumentación de la parte recurrente, reprocha que no hubiera concretado cuál era el perjuicio económico real derivado de la fórmula discutida y hubiera acudido, en cambio, al que califica como “sorprendente argumento de ‘autoridad’ de la inteligencia artificial”. 1790853772930
La resolución no crea una doctrina general sobre la admisibilidad de pruebas generadas mediante IA ni prohíbe utilizar estas herramientas en un litigio.
Pero sí deja una idea importante:
una respuesta de inteligencia artificial no sustituye a la carga de alegar, probar y explicar técnicamente aquello que una parte pretende sostener ante un tribunal.
El caso: una cláusula hipotecaria y el cálculo del año comercial de 360 días
El litigio no era, en origen, un caso sobre inteligencia artificial.
La controversia surgió en relación con un préstamo hipotecario suscrito en 2005 con Banco Sabadell.
La parte demandante solicitó la nulidad de una cláusula financiera que utilizaba el denominado “año comercial” de 360 días para calcular los intereses y reclamó la devolución de las cantidades que consideraba indebidamente abonadas.
La demanda fue desestimada en primera instancia y el recurso de apelación quedó limitado precisamente a la validez de esa cláusula. 1790853772930
La Audiencia Provincial debía determinar, por tanto, si ese sistema de cálculo podía considerarse no transparente o abusivo.
360/360 no es lo mismo que 365/360
Una parte central de la sentencia consiste en diferenciar dos métodos que, pese a parecer similares, producen efectos económicos distintos.
La Audiencia reproduce la doctrina del Tribunal Supremo según la cual la utilización de un año comercial de 360 días no perjudica necesariamente al prestatario.
El problema aparece cuando la entidad utiliza:
365 días para medir el tiempo realmente transcurrido y 360 días como divisor para calcular el interés.
Es la denominada fórmula:
365/360
Según la jurisprudencia citada por la Audiencia, este sistema puede incrementar los intereses a favor del prestamista. En concreto, la sentencia recuerda que puede elevar el tipo efectivo en aproximadamente un 1,39 % en un año ordinario y un 1,67 % en un año bisiesto. 1790853772930
Sin embargo, el contrato analizado utilizaba la fórmula:
360/360
Y ahí estaba la diferencia fundamental.
El Tribunal Supremo ya había considerado válida la fórmula 360/360
La Audiencia Provincial se apoya en la jurisprudencia del Tribunal Supremo, especialmente en la STS 754/2021, de 2 de noviembre, que a su vez remitía a la STS 360/2021, de 25 de mayo.
La doctrina parte de que utilizar un año comercial de 360 días no genera necesariamente perjuicio cuando esa misma referencia temporal se mantiene tanto en el numerador como en el denominador.
En el contrato litigioso, la Audiencia considera que de la propia escritura se desprendía que el cálculo empleado era 360/360 y no 365/360. 1790853772930
La consecuencia era relevante:
si no existía el desajuste 365/360, tampoco podía presumirse el incremento de intereses que denunciaba el recurrente.
El núcleo del problema: faltaba demostrar el perjuicio económico
Y aquí aparece la inteligencia artificial.
La Audiencia señala que hubiera sido especialmente revelador que la parte recurrente hubiera precisado:
- qué diferencia concreta existía en el cálculo de intereses
- cuánto había beneficiado al banco
- qué perjuicio económico había soportado el consumidor
Pero, según la sentencia, eso no se hizo.
En lugar de cuantificar ese impacto, la parte utilizó lo que el tribunal denomina literalmente un:
“sorprendente argumento de ‘autoridad’ de la inteligencia artificial”. 1790853772930
Ese breve pasaje convierte una sentencia bancaria aparentemente ordinaria en una resolución especialmente interesante para el debate sobre el uso profesional de la IA en los procedimientos judiciales.
¿Qué significa realmente un “argumento de autoridad” de la inteligencia artificial?
La expresión utilizada por la Audiencia es jurídicamente significativa.
Un argumento de autoridad consiste, en esencia, en presentar una afirmación como correcta por el mero hecho de atribuirla a una fuente que se considera autorizada.
Tradicionalmente podría formularse así:
“Esto es correcto porque lo dice un experto”.
Trasladado a la IA:
“Esto es correcto porque lo dice ChatGPT, Gemini, Copilot u otro sistema”.
Ese razonamiento presenta un problema evidente.
Un modelo de inteligencia artificial no es:
- un perito designado judicialmente
- un documento público
- una norma jurídica
- ni una resolución judicial
Tampoco dispone, por sí mismo, de fuerza probatoria simplemente porque genere una respuesta con apariencia técnica o convincente.
La sentencia de Barcelona no desarrolla una teoría general sobre esta cuestión, pero su reproche es coherente con una idea procesal básica:
la conclusión debe apoyarse en hechos acreditados y en razonamientos verificables, no en la autoridad aparente de la herramienta utilizada para obtenerla.
Utilizar IA no exime de demostrar los hechos
Este es probablemente el principal aprendizaje práctico de la sentencia.
La inteligencia artificial puede ayudar a:
- realizar cálculos
- detectar inconsistencias
- analizar documentación
- buscar jurisprudencia
- preparar hipótesis
- estructurar argumentos
Pero si una conclusión es relevante para resolver el litigio, debe poder explicarse y acreditarse mediante medios probatorios adecuados.
En este caso, si la tesis consistía en que el sistema de cálculo beneficiaba económicamente al banco, la parte debía haber demostrado cuál era exactamente esa diferencia.
Por ejemplo:
- capital pendiente
- tipo de interés
- período temporal
- fórmula aplicada
- intereses resultantes
- comparación con el método alternativo
La IA podía utilizarse como herramienta auxiliar.
Lo que no podía hacer era sustituir esa demostración.
La IA puede ser una herramienta; no una fuente autónoma de verdad
La distinción es esencial.
No es lo mismo afirmar:
“he utilizado una herramienta de IA para localizar una posible discrepancia y posteriormente la he verificado mediante los documentos contractuales y un cálculo reproducible”
que afirmar:
“la IA dice que existe un perjuicio”.
En el primer supuesto, la IA forma parte del proceso de trabajo.
En el segundo, se pretende que el tribunal acepte el resultado precisamente porque procede de una IA.
La Audiencia Provincial rechaza este segundo enfoque.
Y la razón no depende únicamente del riesgo de las conocidas “alucinaciones” de los modelos.
Incluso una respuesta técnicamente correcta debe poder ser:
identificada, explicada, contrastada y reproducida.
Una respuesta de IA no sustituye a una prueba pericial
Cuando la cuestión controvertida exige conocimientos técnicos, puede resultar necesaria una prueba pericial.
La Ley de Enjuiciamiento Civil regula este medio de prueba precisamente para aquellos casos en los que son necesarios conocimientos científicos, artísticos, técnicos o prácticos para valorar hechos relevantes.
El perito:
- se identifica
- expone su metodología
- puede aportar cálculos
- debe explicar las premisas empleadas
- asume responsabilidad sobre su dictamen
- puede ser interrogado y contradicho por la otra parte
Una respuesta generada por un chatbot no reúne automáticamente esas garantías.
Por eso, si un sistema de IA se utiliza para realizar un análisis financiero, informático, contable o técnico, su resultado no debería confundirse con un dictamen pericial.
La IA puede ayudar al experto.
Pero el valor probatorio deberá construirse mediante el medio procesal adecuado.
La gran diferencia: trazabilidad y contradicción
En un procedimiento judicial, no basta con obtener una conclusión.
Es importante saber:
- de dónde procede
- qué datos se han utilizado
- qué metodología se ha seguido
- si puede repetirse
- si la contraparte puede discutirla
Estas garantías son especialmente importantes cuando intervienen modelos generativos.
Una respuesta puede variar dependiendo de:
- el modelo utilizado
- la versión
- el prompt
- el contexto suministrado
- la configuración
- incluso el momento en que se realiza la consulta
Por eso un simple pantallazo de una conversación con una IA puede presentar problemas importantes si se pretende utilizar para probar una afirmación técnica.
¿Puede utilizarse una respuesta de ChatGPT como prueba en juicio?
La sentencia no responde directamente a esta pregunta.
Y conviene no atribuirle una doctrina que no contiene.
La Audiencia Provincial no declara inadmisible toda respuesta generada mediante IA.
Tampoco establece que nunca pueda aportarse una conversación con un chatbot como documento.
Su conclusión es mucho más concreta.
En este litigio, la parte debía demostrar una diferencia económica en el cálculo de intereses y no lo hizo adecuadamente; en vez de ello, recurrió a la autoridad atribuida a una herramienta de inteligencia artificial. 1790853772930
Por tanto, la futura admisibilidad y valor de una respuesta de IA dependerá de:
- para qué se aporta
- qué hecho pretende demostrar
- cómo se acredita su autenticidad
- qué relación guarda con los restantes medios de prueba
No es lo mismo probar lo que dijo la IA que probar que la IA tenía razón
Esta distinción resulta especialmente útil.
Supongamos que una empresa aporta una conversación con un chatbot.
Ese documento podría servir, eventualmente, para intentar acreditar:
que el sistema emitió una determinada respuesta.
Pero eso es distinto de demostrar:
que el contenido de esa respuesta es verdadero.
Por ejemplo, una captura podría demostrar que una IA afirmó:
“este cálculo supone un sobrecoste del 2 %”.
Sin embargo, la existencia de esa respuesta no demuestra que efectivamente exista ese sobrecoste.
Para ello habría que verificar los datos y el cálculo.
El objeto de la prueba cambia completamente.
El riesgo de las respuestas aparentemente convincentes
Los modelos generativos presentan una particularidad especialmente relevante en el contexto jurídico:
pueden formular una respuesta incorrecta con una estructura lingüística perfectamente convincente.
La fluidez del texto no equivale a fiabilidad.
Esto resulta especialmente peligroso cuando la IA genera:
- jurisprudencia inexistente
- artículos legales incorrectos
- citas incompletas
- datos numéricos no verificados
- conclusiones técnicas construidas a partir de premisas erróneas
Por eso, en un procedimiento judicial, la apariencia de certeza no puede reemplazar a la verificación de la fuente primaria.
La sentencia no cuestiona la IA: cuestiona cómo se utiliza
Conviene no exagerar el alcance de la resolución.
No estamos ante una sentencia “contra la inteligencia artificial”.
La Audiencia no critica que un abogado o una parte utilice herramientas de IA.
Lo que cuestiona es atribuirles una autoridad probatoria que no tienen por sí mismas.
Esta distinción es especialmente importante porque el uso profesional de inteligencia artificial continuará aumentando en:
- despachos
- departamentos jurídicos
- peritos
- empresas
- Administraciones
- órganos judiciales
La cuestión ya no es si se utilizará IA.
La cuestión es cómo debe utilizarse para que sus resultados sean jurídicamente fiables.
El AI Act también exige una aproximación basada en control humano
El contexto regulatorio europeo camina precisamente en esa dirección.
El Reglamento (UE) 2024/1689 de Inteligencia Artificial contempla con especial cautela determinados usos de sistemas de IA relacionados con la administración de justicia.
La Comisión Europea recuerda que determinados sistemas destinados a asistir a autoridades judiciales en la investigación e interpretación de hechos y Derecho se consideran usos especialmente sensibles y pueden quedar incluidos entre los sistemas de alto riesgo. Estrategia Digital Europea
Esto no significa que el AI Act regule directamente el valor probatorio de una respuesta de ChatGPT aportada por un abogado.
Son cuestiones distintas.
Pero sí refleja un principio regulatorio coherente con el problema detectado por la Audiencia:
cuando una decisión jurídica depende de un sistema de IA, la supervisión humana, la trazabilidad y la fiabilidad adquieren una importancia esencial.
La transparencia sigue siendo el verdadero problema de la cláusula bancaria
La referencia a la IA no debe hacer perder de vista el fondo del litigio.
La Audiencia analiza la cláusula desde el control de transparencia propio de los contratos con consumidores.
La sentencia recuerda que el interés remuneratorio constituye el precio del préstamo y que el consumidor debe poder comprender tanto:
la carga económica real del contrato,
como su posición jurídica y la distribución de riesgos. 1790853772930
Esta lógica deriva también de la Directiva 93/13/CEE sobre cláusulas abusivas en contratos celebrados con consumidores, cuyo régimen considera abusivas las estipulaciones no negociadas individualmente que causen, contra las exigencias de la buena fe, un desequilibrio importante en perjuicio del consumidor. BOE
Por tanto, el tribunal no descarta la reclamación porque se haya utilizado IA.
La descarta porque, conforme a la jurisprudencia aplicable, el sistema contractual era 360/360 y no se acreditó el perjuicio económico denunciado.
¿Por qué el método 360/360 no se consideró abusivo?
La sentencia concluye que el método utilizado no generaba el desequilibrio alegado por el consumidor.
Según la jurisprudencia reproducida por la Audiencia:
el sistema 360/360 mantiene la misma base temporal en ambos componentes del cálculo;
el banco percibe intereses correspondientes a 360 días;
y no se produce el incremento propio del método 365/360.
Por ello, aunque el sistema 360/360 no coincida estrictamente con otros métodos normativamente recomendados, la resolución concluye que no produce por sí mismo un desequilibrio en perjuicio del consumidor ni acredita mala fe de la entidad bancaria. 1790853772930
La Abogacía Española ya había explicado esta diferencia a raíz de la jurisprudencia del Tribunal Supremo, destacando precisamente que no debe confundirse la fórmula 360/360 con la 365/360. Abogacía Española
Una lección procesal: cuantificar es mejor que afirmar
El caso ofrece una enseñanza que trasciende las cláusulas bancarias.
Cuando una demanda depende de una consecuencia económica, técnica o matemática, resulta peligroso formularla de manera abstracta.
No basta con sostener que:
“el sistema perjudica al consumidor”.
Puede ser necesario demostrar:
cuánto perjudica, por qué perjudica y mediante qué cálculo.
La misma lógica puede trasladarse a muchos litigios tecnológicos.
Si se afirma que un algoritmo ha discriminado, deberá acreditarse su efecto.
Si se sostiene que una infracción de copyright ha generado determinado daño, habrá que justificarlo.
Si se alega que un sistema automatizado produce un resultado económico concreto, será necesario explicar la metodología.
La IA puede ayudar a construir esa prueba.
Pero no puede convertirse en el atajo que permita evitarla.

Qué deberían hacer los abogados cuando utilizan IA para preparar una prueba
La sentencia ofrece un buen punto de partida para definir una práctica profesional más segura.
Si una herramienta de IA interviene en la preparación de un argumento técnico, conviene conservar y verificar, como mínimo:
- la información introducida en el sistema
- el prompt empleado
- la versión y herramienta utilizada
- la respuesta obtenida
- las fuentes primarias que respaldan la conclusión
- los cálculos utilizados
- y el razonamiento que permite reproducir el resultado sin depender del chatbot
Cuando el problema exige conocimientos especializados, la conclusión debería trasladarse posteriormente al medio probatorio correspondiente.
Por ejemplo:
- un informe pericial
- un documento contable
- un análisis informático
- o un cálculo matemático verificable
- ¿Puede un perito utilizar inteligencia artificial?
En principio, que un profesional emplee herramientas informáticas o de IA para auxiliarse no convierte automáticamente su dictamen en inválido.
La cuestión relevante será otra:
¿puede el perito explicar y asumir técnicamente la conclusión?
Un experto no debería limitarse a declarar:
“el sistema de IA obtuvo este resultado”.
Debe poder exponer:
- los datos de partida
- la metodología
- los cálculos
- los criterios utilizados
- las razones por las que considera correcta la conclusión
Cuanto menor sea la capacidad de explicar el funcionamiento del sistema, mayor puede ser el problema de contradicción y valoración de la prueba.
¿Y si una IA inventa jurisprudencia?
Aunque no es lo sucedido en este caso, la resolución conecta con otro riesgo cada vez más conocido.
Un modelo generativo puede proporcionar una referencia judicial aparentemente precisa pero inexistente.
Por eso cualquier cita generada mediante IA debería verificarse siempre en:
CENDOJ, CURIA, EUR-Lex, BOE o la base oficial correspondiente.
El principio es sencillo:
la IA puede sugerir la fuente;
la fuente oficial debe confirmar la afirmación.
Especialmente cuando esa referencia vaya a incorporarse a una demanda, recurso, informe jurídico o dictamen pericial.
Un documento generado por IA no tiene una fuerza probatoria especial
Tampoco debería confundirse la apariencia formal del documento con su valor procesal.
Un informe de varias páginas, con tablas, cálculos y lenguaje técnico generado por IA sigue necesitando demostrar:
- quién lo elaboró
- qué datos utilizó
- si los cálculos son correctos
- y qué persona asume su contenido
La forma no convierte automáticamente el documento en prueba pericial ni le otorga credibilidad reforzada.
La sentencia de Barcelona ilustra precisamente el riesgo de atribuir al sistema una especie de autoridad tecnológica autónoma.
Qué NO dice la sentencia
Conviene delimitar bien su alcance.
La SAP Barcelona 6095/2026 no establece que esté prohibido utilizar IA por abogados o litigantes.
No declara que una respuesta de ChatGPT sea siempre inadmisible.
No regula cómo debe autenticarse una conversación con IA.
No decide si una herramienta generativa puede emplearse por un perito.
Y tampoco crea una doctrina general sobre inteligencia artificial y prueba judicial.
Lo que hace es mucho más concreto:
reprochar que, frente a una cuestión económica que podía y debía cuantificarse, la parte acudiera a un argumento de autoridad basado en una IA en lugar de precisar la diferencia real en el cálculo de intereses. 1790853772930
Precisamente por esa brevedad, el pasaje resulta tan significativo.
El fallo de la Audiencia Provincial de Barcelona
La Audiencia Provincial desestima el recurso de apelación y confirma íntegramente la resolución de primera instancia.
También impone al recurrente las costas del recurso y acuerda la pérdida del depósito constituido para recurrir. 1790853772930
Por tanto, la cláusula discutida no fue declarada nula en este procedimiento.
La clave fue que el contrato aplicaba la fórmula 360/360, que conforme a la jurisprudencia citada no producía el desequilibrio económico atribuido al método 365/360.
Por qué esta sentencia importa más allá del Derecho bancario
La referencia a la inteligencia artificial ocupa apenas unas líneas de la resolución.
Pero refleja una cuestión que los tribunales encontrarán cada vez con mayor frecuencia.
Durante los próximos años será habitual que las partes utilicen IA para:
- redactar escritos
- analizar contratos
- calcular daños
- identificar jurisprudencia
- interpretar datos
- analizar imágenes
- reconstruir hechos
- o generar informes
El problema aparecerá cuando se confunda:
utilizar IA para trabajar
con
utilizar la IA como prueba de que el resultado es correcto.
La primera práctica puede aumentar la eficiencia.
La segunda puede convertirse en un problema procesal.
Preguntas frecuentes sobre IA y prueba judicial
Índice de contenidos
¿Puede un abogado utilizar ChatGPT para preparar una demanda?
Sí, el uso de una herramienta de IA como apoyo profesional es una cuestión distinta de su valor probatorio. El abogado sigue siendo responsable de verificar las afirmaciones, la jurisprudencia, los cálculos y el contenido finalmente presentado.
¿Lo que diga una IA es una prueba válida?
No por el mero hecho de proceder de una IA. Su posible valor dependerá de qué se pretende acreditar, cómo se aporta, su autenticidad y su relación con el resto de medios probatorios.
¿Una respuesta de IA equivale a un informe pericial?
No. Un dictamen pericial se somete a requisitos procesales específicos y debe ser realizado y asumido por un experto que pueda justificar su metodología y conclusiones.
¿Qué criticó exactamente la Audiencia Provincial de Barcelona?
Que el recurrente no precisara cuál era la diferencia real en el cálculo de intereses que supuestamente beneficiaba al banco y perjudicaba al consumidor y utilizara, en su lugar, un “argumento de autoridad” basado en inteligencia artificial. 1790853772930
¿Prohíbe esta sentencia aportar contenidos generados por IA a un procedimiento?
No. La resolución no establece esa prohibición general.
¿Por qué el recurso fue desestimado?
Porque la Audiencia consideró que el contrato aplicaba el método 360/360, no el 365/360, y que aquel sistema no producía el desequilibrio económico alegado. 1790853772930
Conclusión
La SAP Barcelona 6095/2026 contiene una advertencia breve pero muy útil para la práctica jurídica en la era de la inteligencia artificial:
una IA puede ayudar a construir un argumento, pero no convierte ese argumento en verdadero por el simple hecho de haberlo generado.
El litigio exigía determinar si una fórmula de cálculo de intereses había producido un perjuicio económico concreto.
La Audiencia esperaba números, explicación y prueba.
No autoridad algorítmica.
La parte debía demostrar la diferencia real entre los intereses cobrados y los que correspondían según su tesis. En lugar de hacerlo con suficiente precisión, acudió a la “autoridad” atribuida a la inteligencia artificial.
Ese enfoque fue expresamente reprochado por el tribunal.
La enseñanza puede trasladarse a prácticamente cualquier litigio tecnológico:
la IA puede ser una herramienta de análisis; la prueba sigue necesitando trazabilidad, metodología, contradicción y verificación humana.
Y probablemente esta distinción será cada vez más importante en nuestros tribunales.
Fuentes oficiales y jurídicas
Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 1.ª, Sentencia 460/2026, de 21 de julio de 2026.
ROJ: SAP B 6095/2026. ECLI:ES:APB:2026:6095. Recurso 5215/2024. 1790853772930
Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores. Su artículo 3 define como abusivas determinadas cláusulas no negociadas individualmente que causan un desequilibrio importante contrario a la buena fe. BOE
Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act. El marco europeo presta especial atención a determinados usos de IA en la administración de justicia, incluidos sistemas empleados para asistir en el análisis e interpretación de hechos y Derecho. Estrategia Digital Europea
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