¿Negligencia médica en hospital público o en hospital privado?

¿Negligencia médica en hospital público o privado? No es lo mismo 

Si crees que has sido víctima de una negligencia médica, lo primero que necesitas saber es que no es lo mismo si ha ocurrido en un hospital público que en un centro privado.

La diferencia es fundamental: cambia el plazo para reclamar, el procedimiento que debes seguir y contra quién debes presentar la reclamación.

¿Qué entendemos por negligencia médica?

Hablamos de negligencia médica cuando un profesional sanitario o un centro médico actúa con falta de diligencia y eso causa un daño a la salud del paciente.

Puede tratarse, por ejemplo, de un error en el diagnóstico, una intervención mal realizada, un retraso en el diagnóstico o una mala praxis durante el tratamiento.

Ahora bien, cómo ya he mencionado, la forma de exigir responsabilidades varía por completo según se trate de un hospital público o privado.

Si quieres tener información más detallada sobre qué es una negligencia médica y cómo reclamar, puedes acceder al artículo en que te lo explicamos de manera detallada, pulsando aquí.

Negligencia médica en un hospital público 

Si la negligencia médica se ha producido en un hospital público, la responsabilidad no recae directamente sobre el médico que te atendió, sino sobre la Administración Pública que gestiona ese centro sanitario.

Es decir, el responsable legal es el servicio de salud correspondiente (como el IBsalut en les Illes Balears, el SERMAS en Madrid, el ICS en Cataluña, etc.), ya que se trata de un servicio público y, por tanto, es la administración quien debe responder por los daños causados.

Entonces, ¿Qué debes tener en cuenta cuando has sufrido una negligencia médica en un hospital público?

  • Plazos para reclamar

Cuando la negligencia médica se ha producido en un hospital público, el plazo para reclamar es de un año desde que se produce el daño o desde la estabilización de las lesiones. Es muy importante que no dejes pasar ese plazo porque si eso ocurre, pierdes el derecho a reclamar.

  • Reclamación patrimonial

Si la negligencia médica ha ocurrido en un hospital público, el primer paso no es acudir directamente a los tribunales, sino que debes presentar obligatoriamente una reclamación patrimonial por vía administrativa.

Recuerda que esta reclamación debes dirigirla al Servicio de Salud de tu comunidad autónoma y tiene como objetivo que la administración reconozca su responsabilidad por el daño sufrido.

Este paso previo no es un simple trámite: debe estar bien fundamentado y acompañado de la documentación médica -entre la cual es muy importante que haya un informe pericial médico– que acredite la negligencia, el daño causado y la relación entre ambos.

  • Demanda 

Una vez presentada la reclamación patrimonial, el siguiente paso, si no has obtenido respuesta o esta ha sido desestimatoria, es acudir a los tribunales. Es decir, debes iniciar un procedimiento judicial.

En el presente caso, deberás presentar una demanda judicial ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

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Negligencia médica en un hospital privado 

Si la negligencia médica ha tenido lugar en un hospital privado, el escenario cambia por completo.

Aquí no interviene ninguna administración pública, sino que la responsabilidad recae directamente sobre los profesionales sanitarios o el propio centro médico privado que te ha tratado o intervenido. 

En función de cómo se haya prestado la asistencia, puede responder el médico, el hospital o incluso ambos, así como también puedes iniciar las acciones contra las aseguradoras de ambos. 

Además, en ciertas ocasiones, también se puede presentar la reclamación frente a tu propia aseguradora, es decir, aquella que te ha permitido acceder al centro privado o al profesional sanitario particular.

En este caso, ¿Qué debes tener en cuenta cuando has sufrido una negligencia médica en un hospital privado?

  • Plazos para reclamar 

En el caso en que la negligencia médica se haya producido en un hospital privado, el plazo para reclamar depende de contra quien vayas a dirigir tus acciones:

  1. Si la reclamación se dirige contra el centro médico privado, el plazo es, en término generales, de 5 años, al tratarse de una responsabilidad contractual entre el paciente y el centro hospitalario.

  2. Si reclamas directamente contra el médico que ha causado el daño y este trabaja para el hospital como profesional contratado, el plazo suele ser de 1 año, al tratarse de una responsabilidad extracontractual.

  3. Pero si el médico actuó como profesional con el que contrataste directamente (por ejemplo, en una clínica privada donde eliges tú al especialista), entonces el plazo vuelve a ser de 5 años, por existir una relación contractual directa entre paciente y médico.

En todos los casos, el plazo comienza a contar desde que las lesiones se estabilizan y se conoce el alcance del daño sufrido.

  • Reclamación previa 

Aunque en los casos de negligencia médica en centros privados no es obligatorio presentar una reclamación administrativa como ocurre con los hospitales públicos, sí es necesario realizar un acto de conciliación previo antes de presentar la demanda ante el juzgado.

Se trata de un trámite legal obligatorio que tiene como objetivo intentar llegar a un acuerdo con el médico o el centro hospitalario, para evitar así un futuro procedimiento judicial.

Consejo: si estás cerca de que se cumpla el plazo de 1 o 5 años (según el caso), puedes enviar un burofax al hospital o profesional médico, con el fin de interrumpir el plazo de prescripción y poder ganar tiempo para recopilar informes médicos.

  • Demanda 

Una vez presentado el acto de conciliación —y si no se ha llegado a un acuerdo—, el siguiente paso es interponer una demanda ante los juzgados.  Aquí es donde comienza el procedimiento judicial, en el que deberás demostrar que:

  1. Hubo una actuación médica negligente.

  2. Esa actuación causó un daño concreto a tu salud.

  3. Existe una relación directa entre la negligencia y el daño.

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Conclusión 

Si has sufrido una negligencia médica debes saber que el procedimiento cambia dependiendo de si el hospital es público o privado:

  • Si la negligencia se ha producido en un hospital público debes reclamar contra el Servicio de Salud de tu comunidad autónoma y el plazo para reclamar es de 1 año desde la estabilización de las lesiones. Además, antes de acudir a los tribunales debes presentar una reclamación previa por vía administrativa.
  • Si la negligencia se ha producido en un hospital privado puedes reclamar contra el centro médico privado, contra el profesional médico que te ha tratado y contra las aseguradoras de ambos. El plazo para reclamar depende de a quién te dirijas y puede ser de 1 o 5 años. Por último, antes de acudir a los tribunales, debes presentar una conciliación.

Si te encuentras en esta situación, infórmate, valora las pruebas de las que dispones y busca apoyo especializado. Porque cuando la salud se ve afectada por un error evitable, tienes derecho a que ese daño sea reconocido y reparado.

Desde Intelectual Abogados® podemos estudiar tu asunto y ayudarte a reclamar la indemnización por daños y perjuicios que corresponda.

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Marina Alaminos Barceló

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