El futuro jurídico de la inteligencia artificial en Estados Unidos se está decidiendo, en gran medida, en los tribunales. Medios de comunicación, editoriales, autores y empresas tecnológicas mantienen distintos procedimientos sobre el uso de obras protegidas por derechos de autor para entrenar modelos, los límites del uso legítimo y la responsabilidad que deben asumir quienes desarrollan sistemas de inteligencia artificial generativa.
Aunque estos litigios plantean cuestiones diferentes y muchos de ellos todavía no cuentan con una resolución definitiva, sus efectos ya se están dejando notar en las políticas de licencias, las exigencias de transparencia de los modelos y la relación entre las grandes empresas tecnológicas y los titulares de derechos.
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Los tribunales estadounidenses toman la iniciativa ante el avance de la IA
Desde 2023, distintos tribunales federales de Nueva York y California han recibido procedimientos relacionados con el desarrollo y funcionamiento de sistemas de inteligencia artificial.
Uno de los más relevantes enfrenta a The New York Times con OpenAI y Microsoft. El periódico sostiene que se utilizaron millones de artículos protegidos para entrenar ChatGPT sin autorización ni remuneración, permitiendo que el sistema genere respuestas que reproducen o sustituyen parcialmente sus contenidos.
En julio de 2026, varios medios solicitaron además al tribunal que impusiera sanciones a OpenAI. Alegan que la compañía habría ocultado o eliminado conjuntos de datos y registros de respuestas relevantes para conocer cómo se utilizaron los contenidos periodísticos durante el entrenamiento y funcionamiento del sistema. OpenAI rechaza estas acusaciones y mantiene que el entrenamiento de sus modelos se encuentra amparado por la doctrina estadounidense del fair use.
A este frente se suman las reclamaciones de editoriales y autores contra Meta por el supuesto uso no autorizado de libros, artículos y revistas para entrenar sus modelos Llama.
Google también aparece en este escenario judicial, aunque en un ámbito distinto: la empresa ha iniciado actuaciones contra operadores que presuntamente utilizaron Gemini para desarrollar campañas de fraude digital. Este procedimiento no constituye propiamente una reclamación por derechos de autor, pero sí refleja cómo los tribunales están delimitando la responsabilidad asociada al uso de herramientas de IA.
El entrenamiento de modelos se enfrenta a los derechos de autor
La cuestión principal en los procedimientos promovidos por medios, autores y editoriales consiste en determinar si el uso de obras protegidas para entrenar modelos de inteligencia artificial requiere autorización de sus titulares.
Las empresas tecnológicas sostienen que los modelos no almacenan ni reproducen las obras como lo haría una base de datos tradicional. Según su posición, el sistema analiza grandes cantidades de información para identificar patrones estadísticos y generar resultados nuevos.
Los titulares de derechos argumentan lo contrario. Consideran que el entrenamiento exige realizar copias de las obras y que la finalidad comercial, la escala del uso y la capacidad de los chatbots para ofrecer contenidos sustitutivos impiden calificar estas prácticas como uso legítimo.
En el caso de los medios de comunicación aparece además un problema económico: los resúmenes generados por IA pueden responder directamente a las consultas de los usuarios y reducir el tráfico hacia las fuentes originales, afectando a sus ingresos publicitarios y a la explotación digital de los artículos.
Por tanto, no se discute únicamente cómo se entrenan los sistemas. También se analiza qué ocurre cuando sus respuestas reproducen partes significativas de las obras o compiten directamente con ellas.
El fair use estadounidense frente al modelo europeo de licencias y transparencia
En Estados Unidos, buena parte de estos litigios gira alrededor de la doctrina del fair use, regulada en la sección 107 de la Copyright Act.
Para valorar si un uso puede considerarse legítimo se analizan varios factores:
- la finalidad y el carácter del uso;
- la naturaleza de la obra utilizada;
- la cantidad y relevancia del contenido reproducido;
- y su efecto sobre el mercado potencial de la obra original.
Las compañías de IA defienden que el entrenamiento es transformador porque no pretende ofrecer copias de las obras, sino desarrollar sistemas capaces de generar nuevos resultados. Los demandantes sostienen que no puede existir transformación suficiente cuando los modelos reproducen contenidos reconocibles o crean productos que sustituyen económicamente a las fuentes utilizadas.
La situación jurídica es diferente en la Unión Europea. La Directiva (UE) 2019/790 sobre derechos de autor en el mercado único digital regula expresamente la minería de textos y datos.
Su artículo 4 permite realizar reproducciones para estos fines cuando se accede legítimamente a las obras, pero reconoce a los titulares la posibilidad de reservar sus derechos de manera adecuada. La misma Directiva concede además una protección específica a los editores de prensa frente a determinados usos digitales de sus publicaciones.
En España, estas reglas se integran en el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, junto con los derechos exclusivos de reproducción, comunicación pública y transformación previstos en sus artículos 17 y siguientes.
A ello se suma el Reglamento (UE) 2024/1689 de Inteligencia Artificial, que establece obligaciones de transparencia para determinados modelos de propósito general, entre ellas la necesidad de aplicar una política de cumplimiento del Derecho de autor y publicar información suficientemente detallada sobre los contenidos utilizados para su entrenamiento.
El sistema europeo no ofrece una autorización general para utilizar cualquier obra disponible en Internet. La licitud dependerá del acceso legítimo, de la reserva de derechos, del tipo de utilización realizada y de si las respuestas generadas reproducen contenidos protegidos.
Las acusaciones sobre destrucción de pruebas elevan la tensión del conflicto
La solicitud de sanciones contra OpenAI introduce una cuestión distinta del debate sobre el entrenamiento: la conservación de la prueba.
Los medios demandantes sostienen que OpenAI eliminó miles de millones de respuestas y que no preservó determinados datos pese a existir órdenes judiciales. La empresa niega haber actuado irregularmente y afirma que las acusaciones son falsas.
Todavía corresponde al tribunal valorar esas alegaciones, pero el conflicto demuestra que la trazabilidad de los modelos puede convertirse en un aspecto central de cualquier procedimiento relacionado con inteligencia artificial.
Para las empresas que desarrollan o integran sistemas generativos, ya no basta con analizar si cuentan con una base jurídica para utilizar determinados contenidos. También deben poder acreditar:
- de dónde proceden los datos;
- qué licencias resultan aplicables;
- si se respetaron las reservas de derechos;
- cómo se gestionaron las solicitudes de retirada;
- y qué información se conserva sobre el funcionamiento del sistema.
Para los autores, editoriales y medios, estos procedimientos ponen de relieve la importancia de identificar usos no autorizados, documentar resultados generados por IA y conservar evidencias fiables antes de iniciar cualquier actuación.
Las licencias comienzan a sustituir a la incertidumbre judicial
Mientras los tribunales resuelven estas cuestiones, numerosas compañías tecnológicas están firmando acuerdos con editoriales y medios de comunicación para utilizar legalmente sus archivos y publicaciones.
Esta evolución muestra que la licencia puede convertirse en uno de los principales mecanismos para equilibrar innovación tecnológica y protección de los creadores.
En situaciones relacionadas con el uso de obras para entrenar o alimentar sistemas de inteligencia artificial, suele ser necesario revisar:
- la titularidad de los contenidos;
- el alcance de las licencias existentes;
- las condiciones de acceso y reutilización;
- las reservas frente a la minería de textos y datos;
- la posible reproducción de fragmentos en las respuestas;
- y la conservación de prueba digital sobre el uso realizado.
Más información sobre la protección y explotación de contenidos en nuestro servicio de Derechos de Autor y Copyright.
Las reglas de la IA se están escribiendo caso por caso
Los procedimientos contra OpenAI y Meta, junto con otros litigios relacionados con la responsabilidad de Google y diferentes desarrolladores, muestran que la inteligencia artificial no opera en un vacío jurídico.
Aunque las tecnologías sean nuevas, los tribunales están aplicando principios conocidos: derechos de autor, competencia, responsabilidad civil, protección de consumidores y deber de conservar pruebas.
Las futuras resoluciones deberán determinar si el entrenamiento de modelos constituye un uso transformador, cuándo resulta necesaria una licencia y qué límites deben imponerse a las respuestas capaces de sustituir a las obras originales.
Hasta que exista una doctrina consolidada, la principal conclusión es clara: desarrollar o utilizar inteligencia artificial sin conocer el origen de los contenidos y los derechos que recaen sobre ellos genera un riesgo jurídico cada vez mayor.
Fuentes
Fuente: La Voz de Galicia · Medios de EE. UU. piden sancionar a OpenAI por derechos de autor
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