Galactic Circus de David Guetta y la EUIPO: por qué CIRCUS puede bloquear una marca de éxito

Galactic Circus de David Guetta y la EUIPO: por qué CIRCUS puede bloquear una marca de éxito - Intelectual Abogados

Una fiesta puede convertirse en uno de los eventos más reconocibles de Ibiza y, aun así, tener problemas para registrar su nombre como marca.

Es lo que está ocurriendo con GALACTIC CIRCUS, la residencia musical de David Guetta en UNVRS Ibiza.

Según la información publicada en septiembre de 2026 y la documentación analizada, la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) ha estimado la oposición formulada por la sociedad belga Circus Belgium contra la solicitud de marca GALACTIC CIRCUS presentada por The Night League.

El motivo del conflicto es especialmente interesante desde la perspectiva del Derecho de marcas: GALACTIC CIRCUS incorpora íntegramente la palabra CIRCUS, que ya forma parte de marcas anteriores utilizadas y defendidas por Circus Belgium.

Pero el caso plantea una cuestión todavía más importante.

Que la EUIPO rechace una solicitud de marca no significa automáticamente que David Guetta tenga prohibido seguir utilizando GALACTIC CIRCUS.

Registro, nulidad e infracción de marca son problemas jurídicos diferentes.

Y, de hecho, a 7 de septiembre de 2026, UNVRS continúa anunciando oficialmente próximas sesiones de David Guetta Presents Galactic Circus, incluida la prevista para el 11 de septiembre.

UNVRS — David Guetta Presents Galactic Circus 2026

¿Qué ha ocurrido con la marca GALACTIC CIRCUS ante la EUIPO?

The Night League, S.L., empresa vinculada a algunos de los principales proyectos de ocio nocturno de Ibiza, solicitó el 27 de febrero de 2025 el registro de GALACTIC CIRCUS como marca figurativa de la Unión Europea, expediente 019148702.

La solicitud comprendía las clases 9, 25, 41 y 43.

Especialmente relevantes resultan las dos últimas:

  • Clase 41: entretenimiento, organización de eventos, espectáculos, fiestas y gestión artística de locales y espectáculos musicales.
  • Clase 43: servicios de restauración y bar.

La solicitud fue publicada el 4 de abril de 2025 y, el 27 de mayo, Circus Belgium S.A. formuló oposición alegando riesgo de confusión.

La ficha puede consultarse directamente en la base oficial de la EUIPO utilizando el número 019148702:

EUIPO eSearch — GALACTIC CIRCUS 019148702

Según la noticia publicada en septiembre de 2026, la oposición habría sido estimada.

Existe, sin embargo, una cautela importante: al cierre de este análisis no hemos localizado todavía el texto íntegro de esa decisión concreta en las bases públicas indexadas de resoluciones de la EUIPO.

Por ello, sería prematuro afirmar, por ejemplo, qué grado exacto de similitud apreció la División de Oposición, cuál fue el alcance exacto de la denegación por clases o si la decisión ha sido recurrida.

¿Por qué puede rechazarse GALACTIC CIRCUS aunque la fiesta sea conocida?

Porque en Derecho de marcas la popularidad del signo posterior no elimina automáticamente los derechos prioritarios de una marca anterior.

El punto de partida está en el artículo 8.1.b del Reglamento (UE) 2017/1001 sobre la marca de la Unión Europea.

La norma establece que, mediando oposición del titular de una marca anterior, deberá rechazarse una solicitud posterior cuando la similitud entre los signos y la identidad o similitud entre los productos o servicios provoque un riesgo de confusión para el público.

Ese riesgo incluye también el riesgo de asociación: que el consumidor pueda pensar que las dos marcas proceden de una misma empresa o de empresas económicamente vinculadas.

EUR-Lex — Reglamento (UE) 2017/1001 sobre la marca de la Unión Europea

Por tanto, la pregunta no es simplemente:

¿GALACTIC CIRCUS y CIRCUS son idénticas?

No lo son.

La cuestión es si, contempladas globalmente y utilizadas para determinados servicios relacionados, sus semejanzas pueden hacer pensar al consumidor que existe alguna relación empresarial entre ellas.

Riesgo de confusión: la EUIPO no compara únicamente dos palabras

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha construido durante décadas una doctrina muy consolidada sobre el riesgo de confusión.

En SABEL/Puma, C-251/95, estableció que debe realizarse una apreciación global, teniendo en cuenta todos los factores pertinentes del caso y la impresión de conjunto producida por las marcas, especialmente sus elementos distintivos y dominantes.

TJUE — SABEL/Puma, C-251/95, sentencia de 11 de noviembre de 1997

Posteriormente, en Canon, C-39/97, el Tribunal desarrolló el denominado principio de interdependencia.

Significa que los factores no se examinan aisladamente: una elevada similitud entre los productos o servicios puede compensar una menor similitud entre los signos, y viceversa. El objetivo último es determinar si el consumidor puede atribuirles un origen empresarial común.

TJUE — Canon, C-39/97, sentencia de 29 de septiembre de 1998

Y Lloyd Schuhfabrik, C-342/97, recuerda que el consumidor medio rara vez tiene delante simultáneamente las dos marcas para compararlas y suele confiar en el recuerdo imperfecto que conserva de ellas.

TJUE — Lloyd Schuhfabrik, C-342/97

Las propias Directrices de la EUIPO estructuran actualmente el análisis alrededor de esos factores: similitud de productos y servicios, público relevante, similitud de los signos, elementos distintivos y dominantes y fuerza distintiva de la marca anterior. La edición 2026 de las Directrices entró en vigor el 1 de julio de 2026.

EUIPO — Directrices sobre doble identidad y riesgo de confusión

GALACTIC CIRCUS frente a CIRCUS: ¿son suficientemente similares?

Aquí aparece el núcleo del conflicto.

GALACTIC CIRCUS reproduce íntegramente el término CIRCUS y le antepone la palabra GALACTIC.

Desde la posición de The Night League pueden existir argumentos para defender que el signo debe ser valorado como un conjunto.

GALACTIC es una palabra de considerable longitud, incorpora un concepto espacial fácilmente reconocible y, además, la solicitud no es puramente denominativa sino figurativa. La configuración gráfica del logotipo y la idea global de un «circo galáctico» pueden contribuir a diferenciar el signo.

Pero Circus Belgium dispone de un argumento igualmente claro:

CIRCUS permanece íntegramente reconocible dentro del signo posterior.

GALACTIC no sustituye a CIRCUS, sino que puede ser percibido simplemente como un adjetivo que lo cualifica.

El consumidor podría interpretar GALACTIC CIRCUS como una versión, variante, sublínea o extensión comercial de una marca CIRCUS anterior.

La relevancia de este argumento aumenta si CIRCUS conserva carácter distintivo para los servicios concretos de los que se trata.

¿No es CIRCUS una palabra demasiado genérica para el entretenimiento?

No necesariamente.

Aquí está probablemente una de las enseñanzas más importantes del caso.

Una palabra no es distintiva o descriptiva en abstracto. Debe analizarse siempre en relación con los productos y servicios para los que está registrada.

«Circus» puede tener una relación evidente con auténticos servicios de circo.

Pero eso no significa que describa necesariamente servicios de bar, restauración, apuestas, salas de juego o cualquier otra modalidad de entretenimiento.

La cuestión ha llegado ya a los tribunales.

El Tribunal judiciaire de Paris, en una resolución de 30 de abril de 2025, examinó precisamente la marca de la Unión Europea CIRCUS n.º 018670434, titularidad de Circus Belgium.

El procedimiento se refería al uso de CIRCUS por otro establecimiento para servicios de salas de juego, bar y restauración.

El tribunal consideró verosímil la infracción y prohibió provisionalmente el uso del término CIRCUS para esos servicios. La resolución señala que la marca anterior cubre, entre otros, entretenimiento —excluidos servicios de circo— y restauración, restaurantes, cafeterías y bares.

Tribunal judiciaire de Paris — Circus Belgium, RG 24/58187, 30 de abril de 2025

El precedente no resuelve GALACTIC CIRCUS.

Pero sí desactiva una defensa demasiado sencilla: CIRCUS no puede considerarse automáticamente genérico o carente de protección para cualquier actividad de ocio.

El problema aumenta en las clases 41 y 43

La proximidad entre los servicios puede ser incluso más importante que la coincidencia verbal.

La solicitud de GALACTIC CIRCUS pretende proteger, entre otras actividades, servicios de entretenimiento, organización de eventos, espectáculos y gestión artística de locales, además de servicios de restauración y bar.

Por su parte, la marca CIRCUS n.º 018670434 de Circus Belgium comprende servicios de entretenimiento —con exclusión de servicios de circo— y también restaurantes, cafeterías y bares. La existencia y alcance básico de esa marca también aparecen documentados en una decisión administrativa de la OMPI de junio de 2026.

EUIPO eSearch — marca CIRCUS n.º 018670434

En la clase 43 el solapamiento puede ser especialmente intenso.

Y en la clase 41, aunque no todos los servicios de entretenimiento sean idénticos, el principio de interdependencia establecido por el TJUE obliga a examinar conjuntamente proximidad de servicios y similitud de signos.

Spotify ya perdió un caso muy parecido: ELECTRONIC CIRCUS

Existe además un precedente administrativo extraordinariamente próximo.

El 22 de abril de 2026, la División de Oposición de la EUIPO resolvió la oposición B 3 233 726, promovida por Circus Belgium contra una solicitud de Spotify para registrar ELECTRONIC CIRCUS.

Circus Belgium invocó, entre otros derechos, su marca anterior MY CIRCUS n.º 018900523.

La EUIPO estimó la oposición respecto de todos los servicios controvertidos de las clases 35, 38 y 41 y rechazó la solicitud para esos servicios.

Lo más interesante está en el razonamiento.

La División de Oposición consideró que CIRCUS era distintivo para los servicios analizados. Aunque el término evocase entretenimiento, no describía directamente los concretos servicios examinados.

También consideró que MY tenía un carácter distintivo débil dentro de MY CIRCUS y que la incorporación de ELECTRONIC en la solicitud de Spotify no conseguía neutralizar la coincidencia en CIRCUS.

Visual y fonéticamente apreció un grado medio de similitud y terminó concluyendo que el público podía creer que los servicios procedían de una misma empresa o de empresas económicamente relacionadas.

La semejanza estructural con el nuevo conflicto es evidente:

MY CIRCUS — ELECTRONIC CIRCUS — GALACTIC CIRCUS.

En los tres casos permanece CIRCUS y cambia o se añade otro elemento verbal.

No significa que GALACTIC CIRCUS tenga que recibir automáticamente el mismo tratamiento: su signo es figurativo, GALACTIC tiene un contenido semántico propio y deben compararse los servicios efectivamente afectados.

Pero el precedente demuestra que la estrategia de Circus Belgium no es puramente teórica.

EUIPO — buscador oficial de jurisprudencia eSearch Case Law

En el buscador puede localizarse la decisión mediante el número B 3 233 726.

Galactic Circus de David Guetta y la EUIPO: por qué CIRCUS puede bloquear una marca de éxito - Intelectual Abogados

Circus Belgium está defendiendo activamente la marca CIRCUS

Tampoco se trata de una oposición aislada.

En septiembre de 2025, el INPI francés estimó otra oposición de Circus Belgium contra OHM CIRCUS, en este caso para servicios de clase 43.

La solicitud posterior reproducía íntegramente CIRCUS y añadía OHM.

La autoridad francesa apreció similitud entre los signos e identidad de los servicios y concluyó que existía riesgo de confusión.

El expediente GALACTIC CIRCUS se inserta, por tanto, en una estrategia más amplia de protección del término CIRCUS.

Incluso una resolución UDRP de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) de junio de 2026 recoge que Circus Belgium es titular de la marca de la Unión CIRCUS n.º 018670434, registrada en 2022 para las clases 9, 28, 41, 42 y 43, además de otros signos que incluyen CIRCUS.

OMPI — Circus Belgium S.A. v. Melona Richards, D2026-1567

La sorpresa: GALACTIC CIRCUS sí tiene una marca española concedida

El caso contiene otro elemento especialmente interesante.

Antes de la solicitud ante la EUIPO se había presentado en España la marca figurativa GALACTIC CIRCUS M-4287812.

La solicitud española fue presentada el 17 de octubre de 2024 y terminó siendo concedida el 16 de junio de 2025 para las clases 9, 25, 41 y 43. El historial registral analizado refleja además una solicitud de transferencia a The Night League presentada en noviembre de 2024.

Los datos pueden comprobarse a través de las herramientas oficiales de la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) introduciendo el expediente M-4287812. La propia OEPM recuerda que en España deben tenerse en cuenta tanto las marcas nacionales como las marcas de la Unión, puesto que estas últimas también producen efectos en territorio español.

OEPM — Localizador oficial de marcas y nombres comerciales

¿Cómo es posible entonces que exista una marca española y haya problemas con la marca europea?

Porque el sistema nacional y el sistema de la Unión son jurídicamente autónomos.

Una concesión de la OEPM no obliga a la EUIPO a registrar el mismo signo.

Y una denegación de la solicitud europea tampoco cancela automáticamente una marca nacional ya concedida.

¿La marca española GALACTIC CIRCUS está entonces a salvo?

Tampoco puede afirmarse eso.

La Ley 17/2001, de Marcas, considera marcas anteriores, a determinados efectos, las marcas de la Unión Europea con prioridad previa.

Su artículo 52 permite declarar la nulidad relativa de una marca nacional cuando contraviene, entre otros, los motivos previstos en el artículo 6, incluido el conflicto con marcas anteriores cuando existe riesgo de confusión.

BOE — Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Por tanto, el hecho de que GALACTIC CIRCUS haya sido concedida en España no significa que resulte jurídicamente inexpugnable frente a una marca de la Unión anterior.

Podrían plantearse, dependiendo de las circunstancias, cuestiones de nulidad relativa, uso efectivo de los derechos anteriores, consentimiento, coexistencia o tolerancia.

El artículo 52.2 de la Ley de Marcas contempla precisamente determinadas consecuencias de la tolerancia consciente durante cinco años consecutivos, salvo mala fe. En un conflicto surgido en 2025-2026, ese plazo no parece haberse consumado.

¿Puede David Guetta seguir utilizando GALACTIC CIRCUS?

Ésta es probablemente la pregunta más importante desde el punto de vista AEO.

Sí: una denegación de registro no equivale por sí sola a una prohibición automática de utilización del signo.

Una oposición ante la EUIPO responde esencialmente a esta pregunta:

¿Puede esta solicitud convertirse en una marca registrada de la Unión Europea?

Una acción por infracción responde a otra:

¿Puede el titular de una marca anterior prohibir que un tercero utilice ese signo en el mercado?

Son cuestiones relacionadas, pero no idénticas.

El artículo 9 del Reglamento de Marca de la Unión Europea reconoce al titular de una marca registrada la facultad de prohibir determinados usos de signos idénticos o similares para productos o servicios idénticos o similares cuando exista riesgo de confusión.

Para conseguir el cese del uso comercial de GALACTIC CIRCUS podría ser necesaria una actuación adicional del titular anterior y debería examinarse el signo efectivamente usado, las actividades concretas, el territorio y las posibles defensas.

El mejor ejemplo es el propio mercado actual: UNVRS continúa comercializando públicamente Galactic Circus y anuncia sesiones para septiembre y octubre de 2026.

El uso continuado no demuestra que ese uso sea lícito frente a cualquier acción futura.

Simplemente confirma que la noticia sobre la oposición no ha supuesto, por sí sola, la desaparición inmediata del nombre del mercado.

¿Puede The Night League recurrir la decisión de la EUIPO?

Sí.

El Reglamento (UE) 2017/1001 establece un sistema de recursos contra las resoluciones de la EUIPO.

Las decisiones de las Divisiones de Oposición pueden recurrirse ante las Salas de Recurso de la EUIPO.

Con carácter general, el recurso debe presentarse dentro de los dos meses siguientes a la notificación de la resolución, mientras que el escrito motivado dispone de un plazo de cuatro meses. El recurso produce efecto suspensivo. Contra determinadas resoluciones de las Salas de Recurso cabe posteriormente acudir al Tribunal General de la Unión Europea.

Por eso tampoco utilizaría en este momento expresiones como «batalla definitivamente perdida» o «decisión firme».

Hasta conocer la resolución concreta y si ha sido recurrida, jurídicamente es más preciso hablar de una oposición estimada según la información publicada.

La fama de David Guetta no concede prioridad marcaria

La asociación de GALACTIC CIRCUS con David Guetta puede ser comercialmente potentísima.

Pero la fama del artista no funciona como una excepción al principio de prioridad.

La marca CIRCUS n.º 018670434 fue solicitada en marzo de 2022, mientras que GALACTIC CIRCUS llegó después.

El análisis registral parte precisamente de esa prioridad.

Otra cuestión sería determinar si GALACTIC CIRCUS ha desarrollado una distintividad propia, si existe coexistencia efectiva en determinados mercados o si concurren otras circunstancias que puedan emplearse dentro de procedimientos concretos.

Pero ninguna de ellas permite formular como regla general que el éxito posterior de un evento desplace automáticamente un derecho marcario anterior.

Qué pueden aprender festivales, promotores y clubs del caso Galactic Circus

La principal lección no consiste en evitar palabras como CIRCUS.

Consiste en entender que el nombre de un evento es un activo de propiedad industrial que debería analizarse antes de invertir en él.

En proyectos de entretenimiento, una búsqueda de anterioridades debería realizarse antes de lanzar públicamente el concepto, contratar campañas, diseñar cartelería, producir merchandising o construir una identidad internacional.

Además, no basta con buscar marcas idénticas.

Debe analizarse si existen signos anteriores que compartan el componente que previsiblemente asumirá función distintiva.

En un festival o club resulta especialmente aconsejable estudiar conjuntamente las clases 41 y 43, porque muchos proyectos combinan espectáculos, organización de eventos, explotación del recinto, restauración y servicios de bar.

También debe evitarse otra suposición frecuente: que una palabra evocadora del sector es necesariamente débil.

El ejemplo CIRCUS demuestra que la distintividad se examina en relación con los servicios concretos, no con la industria de forma abstracta.

Y, sobre todo, conviene distinguir desde el inicio tres preguntas:

¿puedo registrar el nombre?, ¿puedo utilizarlo? y ¿podré impedir que otros lo utilicen?

No siempre tienen la misma respuesta.

En caso de recibir una oposición frente a una solicitud de marca, puede consultarse nuestro servicio especializado de Abogados especialistas en Oposición de Marcas. Para conflictos que afecten a registros ya concedidos, resulta igualmente relevante el área de Nulidad y Caducidad de Marcas.

Galactic Circus demuestra que elegir un nombre no es un asunto menor

GALACTIC CIRCUS es un buen ejemplo de cómo el éxito comercial y la protección registral pueden seguir caminos diferentes.

El proyecto continúa funcionando en Ibiza, asociado a uno de los DJs más conocidos del mundo y a una de las principales promotoras internacionales del ocio nocturno.

Sin embargo, eso no elimina la existencia de derechos anteriores.

La cuestión esencial para la EUIPO no es quién tiene actualmente mayor notoriedad ni qué fiesta vende más entradas.

Es determinar si una marca posterior incorpora elementos suficientemente similares a una marca anterior y si los servicios se encuentran lo bastante próximos como para que una parte relevante del público pueda atribuirles un origen empresarial común.

En este caso, la palabra CIRCUS se encuentra en el centro de esa batalla.

Y los precedentes de Circus Belgium muestran una conclusión importante para cualquier empresa:

antes de construir una marca hay que comprobar si jurídicamente existe espacio para ocupar ese nombre.

Preguntas frecuentes sobre GALACTIC CIRCUS y la EUIPO

¿Por qué se ha opuesto Circus Belgium a GALACTIC CIRCUS?

Circus Belgium dispone de marcas anteriores que contienen CIRCUS y formuló oposición contra la solicitud europea GALACTIC CIRCUS alegando riesgo de confusión. La solicitud posterior comprende, entre otros, servicios de entretenimiento, restauración y bar, ámbitos en los que existen derechos anteriores de Circus Belgium.

¿Qué significa riesgo de confusión entre marcas?

Existe cuando el público puede creer que los productos o servicios identificados por dos signos proceden de la misma empresa o de empresas vinculadas. El artículo 8.1.b del Reglamento (UE) 2017/1001 incluye expresamente el riesgo de asociación.

¿Puede registrarse CIRCUS si es una palabra relacionada con el entretenimiento?

Depende de los productos o servicios. Que CIRCUS evoque un espectáculo circense no significa que describa automáticamente servicios de bar, restauración, juegos o cualquier actividad de entretenimiento. Resoluciones recientes han reconocido eficacia distintiva a CIRCUS para varias de esas actividades.

¿GALACTIC CIRCUS tiene una marca registrada en España?

Sí. Existe un registro nacional español GALACTIC CIRCUS, expediente M-4287812, concedido en junio de 2025 para las clases 9, 25, 41 y 43. Su concesión no obliga a la EUIPO a aceptar una solicitud europea equivalente ni excluye posibles conflictos con marcas de la Unión anteriores.

¿Una oposición de la EUIPO impide seguir utilizando el nombre?

No automáticamente. La oposición determina si una solicitud puede registrarse como marca de la Unión. La prohibición de utilización de un signo constituye una cuestión distinta que puede requerir una acción de infracción basada en derechos anteriores.

¿Puede recurrirse la decisión?

Sí. Las resoluciones de las Divisiones de Oposición pueden recurrirse ante las Salas de Recurso de la EUIPO conforme a los artículos 66 y siguientes del Reglamento (UE) 2017/1001. Posteriormente, determinadas resoluciones pueden impugnarse ante el Tribunal General.

Fuentes:

Como bloque documental final —además de los enlaces insertados en el cuerpo— mantendría estas fuentes:

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